«Un
contrato laboral entre el empresario y el empleado no es nada más y nada menos que un acuerdo entre ambas partes. El empleado se compromete a trabajar para el empresario y el empresario se compromete a pagar un salario por el trabajo realizado por el empleado. Un contrato temporal tiene una fecha de inicio y una fecha de terminación. El contrato finalizará en la fecha acordada sin que se aplique un procedimiento de despido. […] El empresario tiene la obligación de informarle de los principales aspectos incluidos en el contrato laboral. Dentro de los límites legales, los empresarios y los empleados son libres de decidir lo que quedará incluido o no en el
contrato laboral».
(Centro Latinoamericano de Orientación (CLO),
Condiciones laborales, consultado el 04-08-2010)
El contrato de empresa y el contrato de trabajo
«En el contrato de empresa, las instrucciones del beneficiario de la obra se limitan a dar una orientación general y señalar el fin que se persigue; pero el contratista conserva su independencia en lo que se refiere a los medios y forma de ejecución. Por el contrario, en el
contrato de trabajo las órdenes recaen directamente sobre la ejecución del trabajo, reservándose el empleador la dirección de los métodos y medios del trabajo».
(Hernández, C.,
Los contratos de trabajo, la subcontratación y otras convenciones,
Folletos Laborales, no. 23, 2000, consultado el 06-08-2010)