«Las normas internacionales del trabajo son instrumentos jurídicos preparados por los mandantes de la OIT (gobiernos, empleadores y trabajadores) que establecen unos principios y unos derechos básicos en el trabajo. Las normas se dividen en convenios, que son tratados internacionales legalmente vinculantes que pueden ser ratificados por los Estados Miembros, o
recomendaciones, que actúan como directrices no vinculantes. En muchos casos, un convenio establece los principios básicos que deben aplicar los países que lo ratifican, mientras que una
recomendación relacionada complementa al convenio, proporcionando directrices más detalladas sobre su aplicación. Las
recomendaciones también pueden ser autónomas, es decir, no vinculadas con ningún convenio».
(Organización Internacional del Trabajo (OIT),
Convenios y recomendaciones, consultado el 13-10-2010)