«Los acuerdos globales tienen como punto de referencia la convención de las Naciones Unidas OIT sobre los fundamentos gremiales y derechos humanos, tales como el derecho a la sindicalización, el derecho al convenio colectivo, prohibición del trabajo infantil y la prohibición de la discriminación.
Los acuerdos globales también pueden servir como la
etiqueta sindical que una empresa actúa correctamente con sus empleados».
(Union Network,
En otra parte del mundo. Un libro sobre el reto sindical, 2009, consultado el 23-02-2010)